DENEGACIÓN DEL REGISTRO DE UNA MARCA POR 'RIESGO DE CONFUSIÓN'
- Aránzazu Roca
- 22 mar 2016
- 1 Min. de lectura
Las Marcas, el proceso para su inscripción y los derechos que la misma otorga a su propietario se encuentran regulados en la Ley 17/2001 de Marcas.
Para que una determinada Marca pueda ser inscrita en el Registro correspondiente (y con ello, despliegue todos los efectos frente a terceros y otorgue a su propietario los derechos previstos legalmente) debe reunir una serie de requisitos formales y sustantivos.
En el supuesto que os trasladamos hoy, el Tribunal Supremo ha confirmado la imposibilidad de registrar la marca <<quinielistas.es>> por RIESGO DE CONFUSIÓN con la Marca ya registrada 1X2 La Quiniela que posee la sociedad estatal Loterías y Apuestas del Estado.
Si tenéis dudas sobre el Derecho de Marcas y Patentes, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
http://www.expansion.com/juridico/sentencias/2016/03/05/56d9d3ea268e3eb9528b45d6.html
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