top of page
Buscar

LA CESIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIA IMAGEN

  • Foto del escritor: Aránzazu Roca
    Aránzazu Roca
  • 23 jul 2016
  • 1 Min. de lectura

¿Sabías que el consentimiento respecto a la cesión de los derecho de la propia imagen puede ser revocado EN CUALQUIER MOMENTO?

Así lo ha afirmado el Tribunal Supremo en una reciente resolución sobre intromisión en el honor y la propia imagen.

Además, debes saber que la cláusula que limite temporalmente la posibilidad de revocar dicho consentimiento es nula de pleno derecho, y por tanto se tiene por no puesta en el contrato.

No obstante, os recomendamos que antes de firmar un contrato de éstas características, por las que se negocia la cesión y difusión de vuestra propia imagen, os asesoréis convenientemente sobre sus consecuencias.

Si tenéis dudas sobre éste y otro tema relacionado con los Derechos de Propia Imagen, consúltanos.


 
 
 

Entradas recientes

Ver todo
Featured Posts
Vuelve pronto
Una vez que se publiquen entradas, las verás aquí.
Recent Posts
Search By Tags
Follow Us
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square
bottom of page